El taxazaso judicial, es decir, pagar un gravamen
o cuota dineraria por interponer una demanda, mejor dicho: pagar un gravamen
dinerario excesivo donde interponer determinadas demandas implicaría pagar mil
euros y hasta más en primera instancia, porque si se recurre en segunda
instancia o en instancias posteriores como el Tribunal supremo o Tribunal
Superior de Justicia ese gravamen dinerario se duplicaría y hasta triplicaría.
Y sin ninguna posibilidad de que se devuelva a quienes desembolsaron dicho
dinero, aun ganando en dichas instancias sin que se pueda repercutir en la
imposición de costas al contrario que haya perdido el juicio. Lo que se
convierte en una medida inconstitucional por vulnerar la igualdad de derechos para
acudir a los juzgados y tribunales por parte de los ciudadanos, puesto que
habría gente que no podría por dichas causas interponer una demanda cuando no
se les conceda la justicia gratuita, por no poder abordar dichas cantidades o
que no les compense si el dinero que reclaman al deudor por ejemplo, pierdan más
demandando que lo que reclaman. Supuestamente la medida tomada por Galladón ex
alcalde de Madrid y actual Ministro de Justicia se debe para no colapsar los
juzgados de demandas, mas no ha sopesado que dicha medida significa que los más
desfavorecidos económicamente respecto a otras personas les implique no poder
acceder a la administración de justicia, quebrándose la igualdad de las partes
en su derecho de acudir a los juzgados y tribunales. También a la larga
conllevaría menos demandas, menos trabajo para abogados y procuradores, más
crisis y menos necesidad de jueces, secretarios judiciales, fiscales,
administrativos, auxiliares, agentes judiciales, etc.
martes, 5 de marzo de 2013
TASAS JUDICIALES: Inconstitucionales por su excesiva cuantía.
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