Si bien quiero hacer una reflexión al respecto, pues hay personas que de buena voluntad y sin mala fe se equivocan al pensar que quitando las uñas a los gatos no se comete ningún acto cruel, ya que los gatos en una casa no las necesitan. Por eso, es importante que la ley prohíba esta práctica para que no pueda darse siquiera este supuesto. Igualmente es lógico que cuando alguien adopta a un animal necesite un periodo de adaptacióm, que menos que un mes, y si pasado ese periodo no se hace o no es compatible con el animal lo tenga que dar, mas si no encuentra quien acoja a ese animal y a lo mejor ya tiene más de tres meses (en principio si no conoces a nadie en un albergue no te lo admiten con ese tiempo), muchas personas se ven forzadas involuntariamente a abandonarlo en la calle porque no pueden convivir con él, mas pese a quién le pese eso será mejor que tenerle en tu casa por obligación: porque al final acabas gritándole, además de darle alguna zurra ante la ansiedad y el estrés que te puede llegar a producir esa situación. Por eso, el ayuntamiento y los albergues deberían de estar obligados a recoger a todo animal y no limitar esa recogida sólo a los más pequeños.
Es muy importante leer los derechos del animal porque después de hacerlo seguro que procuras respetar más a los animales, debería de haber más campañas de sensibilización al respecto.
Artículo No. 1
Todos los animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos a la existencia.
Artículo No. 2a) Todo animal tiene derecho al respeto.
b) El hombre, como especie animal, no puede atribuirse el derecho de exterminar a los otros animales o de explotarlos, violando ese derecho. Tiene la obligación de poner sus conocimientos al servicio de los animales.
c) Todos los animales tienen derecho a la atención, a los cuidados y a la protección del hombre.
Artículo No. 3a) Ningún animal será sometido a malos tratos ni a actos crueles.
b) Si es necesaria la muerte de un animal, ésta debe ser instantánea, indolora y no generadora de angustia.
Artículo No. 4a) Todo animal perteneciente a una especie salvaje tiene derecho a vivir libre en su propio ambiente natural, terrestre, aéreo o acuático y a reproducirse.
b) Toda privación de libertad, incluso aquella que tenga fines educativos, es contraria a este derecho.
Artículo No. 5a) Todo animal perteneciente a una especie que viva tradicionalmente en el entorno del hombre tiene derecho a vivir y crecer al ritmo y en las condiciones de vida y de libertad que sean propias de su especie.
b) Toda modificación de dicho ritmo o dichas condiciones que fuera impuesta por el hombre con fines mercantiles es contraria a dicho derecho.
Artículo No. 6a) Todo animal que el hombre haya escogido como compañero tiene derecho a que la duración de su vida sea conforme a su longevidad natural.
b) El abandono de un animal es un acto cruel y degradante.
Artículo No. 7Todo animal de trabajo tiene derecho a una limitación razonable del tiempo e intensidad del trabajo, a una alimentación reparadora y al reposo.
Artículo No. 8a) La experimentación animal que implique un sufrimiento físico o psicológico es incompatible con los derechos del animal, tanto si se trata de experimentos médicos, científicos, comerciales, como de otra forma de experimentación.
b) Las técnicas alternativas deben ser utilizadas y desarrolladas.
Artículo No. 9Cuando un animal es criado para la alimentación debe ser nutrido, instalado y transportado, así como sacrificado, sin que ello resulte para él motivo de ansiedad o dolor.
Artículo No. 10
a) Ningún animal debe ser explotado para esparcimiento del hombre.
b) Las exhibiciones de animales y los espectáculos que se sirvan de animales son incompatibles con la dignidad del animal.
Artículo No. 11
Todo acto que implique la muerte de un animal sin necesidad es un biocidio, es decir, un crimen contra la vida.
Artículo No. 12
a) Todo acto que implique la muerte de un gran número de animales salvajes es un genocidio, es decir, un crimen contra la especie.
b) La contaminación y la destrucción del ambiente natural conducen al genocidio.
Artículo No. 13
a) Un animal muerto debe ser tratado con respeto.
b) Las escenas de violencia, en las cuales los animales son víctimas, deben ser prohibidas en el cine y en la televisión, salvo si ellas tienen como fin dar muestra de los atentados contra los derechos del animal.
Artículo No. 14a) Los organismos de protección y salvaguarda de los animales deben ser representados a nivel gubernamental.
b) Los derechos del animal deben ser defendidos por la ley, como lo son los derechos del hombre.
Esta declaración fue adoptada por La Liga Internacional de los Derechos del Animal en 1977, que la proclamó al año siguiente. Posteriormente, fue aprobada por la Organización de Naciones Unidas (ONU) y por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO).
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